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miércoles, 23 de mayo de 2012

DEMOCRATIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN:La Corte le puso plazo a la cautelar y Clarín deberá adecuarse a la ley de medios

La Corte Suprema de Justicia destrabó un artículo clave de la Ley de Medios. Se trata del artículo 161, que obliga a las empresas del sector a "desinvertir" en un plazo máximo de un año; la decisión, que afecta al Grupo Clarín, fue adoptada por unanimidad.

Ayer martes 22 de mayo, la Corte resolvió por voto unánime destrabar un artículo clave de la Ley Servicios de Comunicación Audiovisual, aprobada por amplia mayoría en el Congreso de la Nación en 2009 y que se encontraba en disputa entre el gobierno nacional y el Grupo Clarín. Se trata del 161, que establece la obligatoriedad de desinvertir en un plazo máximo de un año, para aquellos grupos que superen los topes de la regulación. Fuentes tribunalicias anticiparon que la decisión fue adoptada con el voto concurrente de todos los jueces del máximo tribunal.
El artículo de la Ley de Medios dice textualmente: "Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición". La decisión dispuso mantener la medida cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161, con un plazo de treinta y seis meses que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, en 2009. Es decir, la cautelar dejará de estar vigente el 7 de diciembre de 2012.

El fallo fue firmado por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, y por los ministros Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni.

Por su parte Néstor Busso, presidente del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual y del Foro Argentino de Radios Comunitarias,  explicó que ahora Clarín “tiene que cumplir con el máximo de servicios que la ley establece que puede tener un mismo operador; o sea, no puede tener más de 10 servicios en todo el país, no puede tener más de 3 en una misma localidad, de radio o de televisión, y puede tener hasta 24 servicios de cable. Pero por otro lado no puede tener al mismo tiempo cable y televisión abierta y si opta por el cable no puede tener más del 35 por ciento del total de los abonados”. Para ello “debe presentar el plan de adecuación a la ley, estableciendo los medios con los que se quiere quedar y cómo sería el proceso de transferencia. Eso debe ser previamente autorizado por el AFSCA y cumplimentado en un plazo razonable que tendrá que establecerse. Pero todo eso tiene que realizarse antes del 7 de diciembre”. Además Busso resaltó que la Corte dejó en claro que el grupo Clarín “no cuestionó más que temas patrimoniales y no habló sobre libertad de expresión, no argumentó sobre libertad de prensa, lo que defiende es su negocio”. Y señaló que en términos jurídicos el máximo tribunal dijo que “lo que buscaba era ganar tiempo, no resolver la cuestión planteada en la causa”.


  • ENTREVISTA A NÉSTOR BUSSO PARA EL INFORMATIVO FARCO

 
Antecedentes
En octubre de 2009, apenas aprobada la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el grupo Clarín, que controla ilegalmente más de 200 licencias de radio y televisión, recurrió a la justicia para no cumplir el artículo 161. El juez Edmundo Carbone le concedió una medida cautelar impidiendo que se le aplique hasta que se resolviera si el grupo tenía razón o no. Sin embargo el juez nunca resolvió ese punto, que es la cuestión de fondo, y la compañía sigue incumpliendo la ley gracias a la medida cautelar, que ahora vencerá el 7 de diciembre.