Ante la perspectiva de que en pocos días la Corte Suprema de Justicia de la Nación, resuelva sobre la medida cautelar surgida del recurso de amparo interpuesto por el Grupo Clarín al Art.161 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, fue necesario reivindicar una vez más la legitimidad legal y social de esta normativa.
Es que aunque la ley haya sido sancionada, reglamentada y puesta en funcionamiento, aún los grandes grupos mediáticos conservan posiciones dominantes y más licencias que las permitidas, resistiéndose a su cumplimiento para preservar los privilegios ilegítimamemente conformados incluso por sobre los límites de concentración que les daba generosamente la ley de la dictadura, la cual había empeorado por decreto de necesidad de urgencia durante el neoliberalismo de los noventa.
La cantidad de licencias previstas por la Ley 26.522 y la consecuente devolución de las usufructuadas durante décadas, son requisitos indispensables, para distribuir la palabra y garantizar la pluralidad comunicacional.
Dejamos a disposición el audio del Informativo FARCO que ahonda sobre lo ocurrido ayer durante la marcha por la reivindicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Testimonios de Néstor Busso, presidente de FARCO y de la Autoridad Federal de Servicios de Comuniciación Audiovisual, y Estela de Carlotto y Hebe de Bonafini, Abuelas de Plaza de Mayo.
POR UNA COMUNICACIÓN DEMOCRÁTICA: LA LEY DE MEDIOS ES PARA TODOS, PARA LOS MONOPOLIOS TAMBIÉN
Tras cumplirse casi un mes de la publicación de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en el boletín oficial, por lo menos existen dos hechos puntuales que los medios monopólicos no cumplen y por ende impiden la redistribución del espectro radiofónico, el ordenamiento de las grillas de programación en televisión, entre otras.
- Artículo 161
Refiere a la desinversión, es decir al límite de licencias a aquellos grupos empresariales que cuentan con más de 10 licencias. A pesar de la legitimidad de la ley que además da un plazo razonable para que cada grupo mediático regularice su situación, empresas como Clarín continúan impidiendo el libre funcionamiento de la ley creando un círculo vicioso en el escenario judicial que implica apelaciones, plazos de resolución, nuevo espacio para apelar o refutar, hasta tornarse una situación legal imposibilitada de seguir avanzando hacia el pleno funcionamiento de la ley de medios. Así si los grupos monopólicos no se desprenden de sus licencias de más, la pluralidad en la comunicación nunca podrá llevarse a cabo.
El espectro radiofónico es un espacio finito que debe brindar posibilidad de hacer uso de éste, a todos los actores de la sociedad. Si los mega medios no cumplen con la ley, no será posible dividir equitativamente el servicio de la comunicación. Así, las radios comunitarias, cooperativas, sindicatos, pueblos originarios y otras organizaciones sociales aún no pueden hacer uso total del 33% del espectro radiofónico que la ley otorga.
DATO: La ley da un año como plazo para que toda firma que posea más de 10 licencias, regularice su situación.
- Grilla de programación de TV
Los titulares de los servicios audiovisuales por suscripción de televisión por recepción fija, deberán ordenar las señales en forma tal que todas aquellas que correspondan al mismo rubro de programación se encuentren ubicadas en forma correlativa y priorizando la producción nacional.
Desde la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) se explicó el criterio de ordenamiento: en primer lugar estarán los canales de distribución propia, luego los canales de noticias, después los canales de aire de las ciudades, seguido por los servicios del Estado nacional y los canales infantiles.
Este viernes 1 de octubre era el día estipulado para lanzar al público el nuevo orden de canales en la televisión argentina. Sin embargo El Haieck Producciones, dueña de la señal El Garage TV, se presentó a la Justicia tras recibir una notificación en la que Cablevisión le informaba que su lugar en la grilla analógica sería destinado a alguna de las señales que la resolución exige que se encuentren obligatoriamente incluidas, lo que no significa que el canal desaparecerá, sino que simplemente cambiará de lugar en la grilla.
A su vez, la norma obligaba a incluir tres nuevos canales: la señal infantil estatal Paka Paka, y las cadenas de noticias Telesur (con sede en Caracas) y CN23.
AFSCA había dispuesto el siguiente orden de los canales: 2, la señal local; 3, TN (Grupo Clarín); 4, América 24 (Grupo Uno-De Narváez); 5, C5N (Hadad); 6, Crónica TV (Héctor Ricardo García); 7, Canal 26 (Pierri); 8, CN23 (Szpolski); 9, América (Uno-De Narváez); 10, Telefé (Telefónica de España); 11, Canal 7 (estatal); 12, Canal 13 (Grupo Clarín); 13, Canal 9 (Ángel Remigio González); 14, Encuentro (estatal).
En tanto, a partir del canal 15 en adelante deberán posicionarse las señales deportivas, luego las infantiles (comenzando con Paka-Paka antes que Disney y otros canales extranjeros), a continuación las periodísticas internacionales (comenzando con Telesur antes que CNN) y, finalmente, las restantes agrupadas por género, comenzando, si existiese, por la señal del género del bloque producida por el Estado nacional o donde éste sea parte.
En la actualidad los canales propiedad de los grupos monopólicos tenían ocupaban espacios privilegiados y la grilla de programación no responde a un ordenamiento temático correlativo que priorice la producción nacional.
DATO: El Haieck Producciones presentó un recurso de amparo que no responde a la totalidad y profundidad del sentido de la ley, convirtiéndose así en otra traba judicial que responde únicamente a criterios de algunos jueces, tal como sucedió en ocasiones anteriores y obligara a la Corte Suprema a expedirse por sobre las cámaras federales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
¡Opiná!Nuestros mensajes no están completos sin la opinión de la comunidad.